A- de 1999
Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez
✓Demandante Millan Millan Marco Antonio·Demandado Seguridad Burns De Colombia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Devolución por falta de anexo y firmas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se ordenó devolver el expediente del proceso de la referencia al Juzgado respectivo con el objeto de que se sirva adjuntar el anexo faltante, como también remitir a esta Corporación, la constancia secretarial y providencia que ordena la notificación a la entidad demandada, debidamente firmadas por los funcionarios correspondientes.
De igual manera, corregir el oficio remisorio No.417 de fecha 10 de marzo de 1999, con el respectivo número de folios que contiene el cuaderno único de este expediente.
Para lo anterior, se concedieron tres días hábiles.
Una vez recibido el expediente en esta Corporación se realizará la eventual revisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- 1o.- ORDENAR que por Secretaria General se devuelva nuevamente el expediente del proceso de la referencia al Juzgado Dieciocho Laboral del Circuito de Santa Fe de Bogota, con el objeto de que se sirva adjuntar el anexo faltante, como tambien remitir a esta Corporacion, la constancia secretarial y providencia que ordena la notificacion a la sociedad Seguridad Burns de Colombia S.A., debidamente firmadas por los funcionarios correspondientes. De igual manera, corregir el oficio remisorio No.417 de fecha 10 de marzo de 1999, con el respectivo numero de folios que contiene el cuaderno unico de este expediente.
- 2o.- Para el cumplimiento de lo anterior, se concedera un termino de tres (3) dias habiles improrrogables, contados a partir del recibo del expediente, para la remision de lo solicitado de conformidad con el numeral anterior.
- 3o.- Una vez recibido el expediente en esta Corporacion, enviese a esta Sala con el fin de proceder a la revision ordenada mediante auto de fecha 11 de diciembre de 1998.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.